El Juzgado 11 del circuito especializado de Bogotá absolvió al exalcalde de Segovia, Antioquia, Alberth José Rodríguez Luján, del delito de homicidio por el que fue capturado el 8 de octubre de 2014.
El proceso en contra del exmandatario lo señalaba de ser el determinador del asesinato de Rafael Ángel Mesa Aguilar, miembro del Sindicato de Trabajadores Oficiales y Empleados Públicos de los Municipios de Antioquia (Sintraofan).
El crimen de Mesa Ángel tuvo lugar el 3 de julio de 2003 en la vereda Sambulligallo, de dicho municipio. De acuerdo con el relato recopilado por la Fiscalía, la víctima se encontraba de vacaciones, pero un día antes de que se cometiera el atentado que le costó la vida “recibió la orden de la administración municipal de interrumpir el período de descanso y reintegrarse a su trabajo”.
En el momento es que se encontraba de regreso a su trabajo llegó una nueva orden en la que pedían que se dirigiera hasta la escuela de la citada vereda a recoger unos pupitres y desmontar un panel solar. Estando en esa actividad, un hombre armado, y con el rostro cubierto, se le acercó y le disparó en varias oportunidades.
La tesis de la Fiscalía se basó en que el entonces mandatario había ordenado la muerte del sindicalista en razón a las diferencias que entre ambos existían y para cumplir su cometido, Rodríguez Luján se alió con los paramilitares que en ese momento hacían presencia en la zona.
“Existe un conjunto probatorio conformado por prueba directa indiciaria en la cual se muestra la presencia del procesado en la zona de los hechos, su capacidad de contactarse y reunirse con el grupo de autodefensas y activarlo a su favor”, expuso la Fiscalía durante la etapa de juicio.
Para el delegado de la Procuraduría en este caso, sin embargo, si bien el crimen se cometió en el marco de un conflicto en el que los grupos paramilitares que delinquían en el país declararon como objetivo a los sindicalistas por oponerse a su pensamiento y doctrina, no existe una prueba directa que involucre al exalcalde.
“Para emitir sentencia de condena se requiere de una prueba que supere toda duda razonable (…) en el presente caso no pueden asumirse como verdaderas las afirmaciones de los testigos porque las declaraciones sobre los hechos son de oídas o por comentarios”, manifestó el delegado del Ministerio Público.
Los testimonios
Para el despacho judicial los testimonios recogidos a lo largo del proceso permiten ratificar que el homicidio de Mesa Aguilar es una evidente consecuencia de su filiación sindical. Los declarantes, entre quienes estaban algunos integrantes del Bloque Central Bolívar de las autodefensas, manifestaron bajo la gravedad de juramento que los sindicalistas en varias oportunidades fueron llamados por los paramilitares para imponerles su ley.
En el expediente de 50 páginas en el que absuelven a Rodríguez se lee en palabras del juez que el testimonio de Nayda Correa, viuda del activista sindical, “presenta contradicciones y todo lo que ha manifestado obedece a situaciones que le han referido terceras personas”.
En sentido similar el juzgador se refiere a lo expresado por Carlos Enrique Mesa, hermano de la víctima, quien dio declaraciones basado en comentarios hechos por los pobladores.
Los rumores señalaban que la confrontación entre el exalcalde Rodríguez y el sindicalista Mesa tenía su origen cuando este último era presidente de la Asociación de padres del colegio Liborio Bataller y anunció una demanda por supuestos malos manejos de recursos destinados a la educación.
Pero el juez fue tajante en su fallo y enfatizó que “se advierte que basan sus señalamientos en terceras personas, incluso indeterminadas, sin que aporten o alleguen pruebas fehacientes para indicar que el señor Alberth Rodríguez Luján hubiera formado parte del acaecer criminal que dio lugar al deceso violento del señor Mesa Aguilar”.
“Alcalde torcido”
A lo largo del proceso rindieron testimonio exparamilitares que estaban asentados en Segovia y alrededores. Uno de ellos, alias ‘Tatu’, cuyo verdadero nombre es Edwin Jair Arango, fue citado a una indagatoria el 14 de noviembre de 2012.
Al ser preguntado por lo que sabía del crimen de Mesa Aguilar sostuvo que se enteró del atentado “porque le estaba montando una revolución al alcalde”. Pero, en su declaratoria, también da lugar a que lo referido lo escuchó en las calles del pueblo.
“Escuché decir que el alcalde estaba pidiendo colaboración a las AUC, que si podía hablar con ‘Macaco’ o que con quién hablaba para que lo mataran que porque estaba jodiendo mucho”, se lee es uno de los apartados del fallo del Juzgado 11.
El 27 de diciembre de ese mismo año ‘Tatu’ fue citado a una ampliación de declaratoria entregó más información sobre la relación del entonces alcalde Rodríguez Luján sobre su relación con el Bloque Central Bolívar de las autodefensas.
Lo primero que aclaró fue que al llegar al pueblo lo primero que hicieron fue asesinar a los que hacían parte del Bloque Metro que, según sus palabras”, “se torcieron hacia nosotros”. En las siguientes líneas, hace una revelación más directa en contra del mandatario de turno.
“El más torcido era el alcalde Alberth Rodríguez Luján, él fue el chuzó para que mataran a Rafael Mesa, porque no lo estaba dejando robar en el municipio (…) el que le disparó fue el escolta de alcalde, quien se tapó la cara con la misma camisa, eso me lo dijo ‘Rubén’”, dijo el exparamilitar bajo la gravedad de juramento.
El ‘Rubén’ al que hizo referencia es otro exparamilitar que estuvo en la escena del crimen junto con un sujeto al que identificó como alias ‘Costeño’. El primero habría muerto en Yalí (nordeste de Antioquia) entre 2007 y 2008, el segundo murió en El Bagre después de la desmovilización de 2004. Ambos fueron asesinados por los mismos grupos paramilitares a los que pertenecieron.
Junto con esas declaraciones, ‘Tatu’ confesó que el entonces mandatario lo hizo abandonar la población y que lo mandó amenazar a través del que para la época era el comandante urbano del Bloque Metro, alias ‘Gustavo’. Esa conducta le permitió inferir al juez 11 que entre el expara y el exalcalde habría una animadversión.
“Lo que llevaría a concluir que le resultaría fácil señalarlo de forma contundente como partícipe del homicidio o incluso una eventual autoría material, pero dicha situación no se evidencia en el presente asunto, pues lo que ha manifestado es que el alcalde es un torcido, pero del homicidio del señor Mesa Aguilar no tiene conocimiento si el procesado intervino para que le dieran de baja”, expone el juez en su fallo.
En su providencia, el funcionario judicial argumenta que el proceso carece evidencias los suficientemente fuertes para emitir un fallo condenatorio y recuerda que una sentencia no puede basarse en pruebas de oídas.
“Encuentra este estrado judicial que no hay certeza frente a la responsabilidad del señor Alberth Rodríguez Luján en la comisión del homicidio agravado (…) no resulta viable otorgar mérito probatorio alguno a la declaración de testigos de referencia que no puedan precisar quién es su referente”, concluye la sentencia.
FUENTE EL COLOMBIANO