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Corte deja en firme fallo que permite a alcaldes prohibir la minería.

La Sala Plena determinó que antes de iniciar un proyecto minero deberán ser consultados los entes territoriales y locales.
minería: Corte deja en firme fallo que permite a alcaldes prohibir la minería
La Sala Plena de la Corte Constitucional ratificó la sentencia T-455 de 2016 que obliga a las empresas mineras tener en cuenta la opinión de los entes territoriales y alcaldes antes de iniciar un proyecto minero.

La sentencia señala que los entes territoriales locales y regionales si puedes prohibir las actividades mineras si consideran que generan alguna afectación a la población o el medio ambiente, “los entes territoriales poseen la competencia para regular el uso del suelo y garantizar la protección del medio ambiente”, ratifica el fallo.

La Corte además le recordó al Gobierno que debe adelantar una investigación sobre el impacto que ha tenido la minería en los ecosistemas del país.

FUENTE Caracol Radio.